La billetera virtual líder en Argentina, Mercado Pago, publicó un comunicado en el que afirma que todas las personas o empresas que transfieran desde su cuenta de la app a cuentas bancarias de terceros, pagarán el Impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias de AFIP.
Esta nueva regulación comenzará a ser vigente a partir del 2 de noviembre de 2020, y se podrá ver el detalle del impuesto cuando se confirmen los datos de la transferencia.
Sin embargo, el tributo no es nuevo. Leandro Cuccioli, ex titular de la AFIP, había anunciado el año pasado que las empresas que cobraran con billeteras virtuales iban a pagar este impuesto en caso de llevar los fondos a una cuenta bancaria.
"Antes se eximía del pago de impuestos por estos medios para fomentar la inclusión financiera de las personas físicas. Pero en el último tiempo, las personas jurídicas también comenzaron a beneficiarse con eludir el impuesto al cheque. Las empresas cobran mediante un sistema de billetera virtual, donde no rige el tributo, y con ese dinero en la cuenta les pagan a sus proveedores", había adelantado el titular del ente recaudador del gobierno anterior.
El funcionario señaló en ese entonces que la iniciativa tenía como objeto que "los pagos por cuenta virtual uniforme (CVU) sean iguales que los que se realizan por CBU".
¿Por qué el impuesto?
El comunicado oficial de Mercado Pago afirma: "Para brindarte servicios como transferir dinero a otras personas, tenemos que pagar a AFIP el impuesto que nos indique para cada caso. Nosotros actuamos como intermediarios entre AFIP y las transferencias que hacés"
No obstante, la publicación también detalla cuánto se tiene que pagar y explica que serán todas las personas y empresas pagan 1,2% sobre el monto que transfieran.
Pero además, agrega que en el caso de que el usuario sea monotributista, se pagará 0,5%. Asimismo, toda esta información se podrá revisar en base a cómo se está inscripto en Mercado Pago y así cada persona podrá asegurarse de pagar el porcentaje adecuado a cada caso.
Por otro lado, una de las dudas es el momento en el que se debe pagar ese nuevo impuesto.
"Pagás el impuesto en el momento en que hacés la transferencia a un tercero. Por ejemplo, si querés transferir $ 1.000, vas a necesitar tener $ 1.012 en tu cuenta para que podamos debitar el monto del impuesto", agregó el comunicado.
La empresa comunicó que si al usuario no le alcanza el dinero para pagar el impuesto, la compañía se pondrá en contacto con la persona para avisarle este problema. Ya que el cliente podrá ingresar su dinero a su cuenta o también podrá transferir un monto menor para concretar la transferencia.
¿Hay excepciones?
Otra de las grandes dudas que la empresa se ocupó de disuadir es sobre ¿si existe algún tipo de transferencias en el que no se paga el impuesto?
La empresa afirmó que esto solo ocurre con las transferencias a una cuenta bancaria de la misma titularidad del usuario que la realiza. Por otro lado, agregó que: "si usás Mercado Pago para vender, revisá que la titularidad de tu cuenta coincida con la de tu empresa".
Por último, Mercado Pago también confirmó que las transferencias a cualquier Cuenta Virtual Uniforme (CVU) quedarán exentas de este impuesto.
F: Gentileza Ip
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