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POLICIALES | 
11-05-2023

LOS ACUSADOS DE ASESINAR A UNA MUJER EN SAN JUSTO SEGUIRÁN PRESOS

El testimonio de uno de los niños en cámara Gesell fue clave para mantener la acusación fiscal. "La enlazó como a un caballo", graficó uno de los pequeños que el 1 de Marzo compartía el cuarto con su madre.

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El Colegio de Jueces Penales de Segunda Instancia de Santa Fe confirmó la prisión preventiva que desde hace dos meses atraviesan Julián Obregón (23) y Lucas Páez (22), como presuntos responsables de la muerte de Alejandra Agustina Vargas (25), ocurrida el 1° de marzo de este año en la ciudad de San Justo.

La audiencia, celebrada el pasado viernes en la Sala Nº 6 de los tribunales santafesinos, estuvo a cargo del camarista Alejandro Tizón, quien a su vez rechazó las alternativas propuestas por la Defensa Pública, para que Obregón y Páez continúen el proceso en libertad.

El magistrado hizo énfasis en las declaraciones de los dos hijos de la víctima, de 5 y 7 años, tanto en la entrevista en cámara Gesell, como en instancias previas, ante personal policial, profesionales de la Secretaría de la Niñez y su padre biológico.

Primeras palabras

La apelación había sido planteada por la abogada Magalí Mazza, del Servicio Público Provincial de la Defensa Penal (SPPDP), quien tildó de "arbitrarios" los fundamentos vertidos por el juez de primera instancia Nicolás Falkenberg, en su resolución del 7 de marzo, cuando dispuso la medida cautelar.

"Esta defensa atacó las declaraciones de los menores por la forma en que fueron obtenidas". Y dado que de ellas depende la libertad de los encausados, "no se pudo tener control de dichos testimonios, porque no se respetaron las formas, de ahí su ilegalidad", expuso.

 

Puntualmente, la defensa sostiene que la prisión de Obregón y Páez se sustenta en los dichos de los niños al personal policial que el 1° de marzo por la mañana los encontró dentro de la habitación donde su madre estaba colgada. Luego, los niños hicieron una segunda exposición ante profesionales de la Secretaría de la Niñez. Y por último, hablaron del hecho con su padre biológico, que no compartía el mismo domicilio que la víctima.

Allí los niños señalaban a su padrastro Obregón y al amigo de éste, al que conocían por el apodo de "Luquitas", en alusión a Páez, como los responsables de haber colgado a Vargas con un cable de TV (coaxil) negro, que la víctima tenía anudado al cuello y estaba atado de un tirante, en una esquina de la precaria vivienda que la familia compartía en calle Enrique Rodríguez 2140, en las afueras de San Justo.

La cámara Gesell

Los testimonios fueron utilizados por el fiscal Francisco Cecchini, para solicitar la cautelar para los acusados, en detrimento de las declaraciones de otros testigos, mayores de edad y del entorno de Obregón y Páez, que los colocan a ambos fuera de la escena, en el lapso de entre las 6 y las 8 de la mañana de la fatídica jornada.

 

La Dra. Mazza se apoyó en la entrevista en cámara Gesell de los dos niños, realizada el 8 de marzo, en la cual el más grande dijo que no había visto nada porque estaba dormido. En tanto que el más pequeño ya había dicho lo mismo en instancias anteriores y así lo volvió a referir.

 

En su descargo, el fiscal de Cámara, Carlos Arietti, reconoció que "el más grande no habló". Pero ahondó en el estado de shock en el que se encontraba el menor. "Agachó la cabeza y no pudo hablar", resaltó. Pero el hermano de 5 años, "contó que el padrastro la había enlazado a su madre como se enlazan los caballos" y que "estaba Luquitas", tal como le había referido su hermano mayor.

"Libertad probatoria"

"La investigación avanza y se han sumado nuevos elementos incriminatorios", remarcó el Dr. Arietti, quien solicitó el rechazo del planteo defensivo y la confirmación de la resolución atacada.

También respondió a la defensa pública acerca del valor de las declaraciones de los niños en las primeras instancias de la investigación -policía, psicóloga y padre-. "Rige el principio de libertad probatoria en el proceso", enfatizó. Y dijo que la normativa que se invoca para declarar la ilegalidad de la evidencia "está puesta para protección de los derechos de los niños y no para beneficiar a presuntos femicidas".

En tanto la defensora marcó que "la libertad probatoria tiene un límite" que es "el derecho en juicio de los imputados". Y en la cámara Gesell, que es "la oportunidad legal" para tomar este tipo de declaraciones, el mayor de los hermanos "manifestó que no había visto nada".

"Saben de caballos"

Para saldar el contrapunto, el juez Tizón, repasó las tres versiones recibidas a los menores previo a la cámara Gesell y aunque reconoció que el mayor de los niños cambió su relato en esta última instancia, puso de relieve un dato que le llamó la atención.

"Fui a escuchar la cámara Gesell" puntualmente en el tramo donde el más chico habla de "enlazar caballos", una imagen poco común a esa edad, a menos que se trate de chicos que tengan un vínculo cercano con el campo.

Entonces se refirió a un tramo de la conversación del más grande con la psicóloga de tribunales, donde antes de bajar la cabeza y quedarse callado, habló con familiaridad del campo y los animales que vio durante el camino a Santa Fe, lo que da la pauta de que "tenía conocimiento de campo y de caballos", lo que termina por dar crédito a la declaración de su hermano menor.

Es decir que "podemos sostener que está abastecida la materialidad del hecho" y que en caso de condena "la pena sería de cumplimiento efectivo" (es un delito que prevé perpetua) ya que "estamos ante uno de los hechos más graves" que atraviesa la sociedad, como lo son los femicidios.

"Era mi mujer"

Antes de resolver, el juez Alejandro Tizón le dio la palabra a los imputados. Julián Obregón dijo: "Con todo respeto señor juez, jamás me atrevería a hacer tal cosa. Era mi mujer hace 7 años. Yo no me encontraba en ese momento, me había ido a las 5.30 de la mañana". Y su compañero Lucas Páez sólo manifestó: "Soy inocente señor juez".

Femicidio

Julián Obregón y Lucas Páez está imputados con prisión preventiva confirmada como coautores del delito de "homicidio triplemente calificado" -por el vínculo, alevosía y por haber sido perpetrado por un hombre contra una mujer mediando violencia de género- en el caso del primero; y "homicidio calificado por alevosía", el segundo, delito que en ambos casos prevé pena de prisión perpetua.

Fuente: El Litoral

quini6

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Actualizada: 11 de Mayo de 2023 | 09:45
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