Así los dispuso la Administración Federal de Ingresos Públicos, a través de la actualización de montos a partir de los cuales, los bancos y billeteras virtuales deben informar sobre los gastos y movimientos de sus clientes. La medida comenzó a regir a partir de ayer, Lunes 1 de Mayo.
La medida se aplica a gastos con tarjeta de crédito y/o débito como a acreditaciones, extracciones, saldos de cuentas y depósitos a plazo, con nuevos topes para las distintas operaciones.
Los montos mínimos de transacciones a partir de los cuales los bancos deben informar a la AFIP son:
Monto total acumulado de acreditaciones y extracciones mensuales, saldos de cuentas corrientes, cajas de ahorro, cuentas sueldo o de la seguridad social y cuentas especiales: pasa de $ 90,000 a $ 200,000.
Consumos en tarjeta de débito acumulados por mes: pasa de $ 30,000 a $ 120,000.
Transferencias virtuales o bancarias: pasa de $ 200,000 a $ 400,000 por operación.
Las billeteras virtuales o plataformas financieras digitales también deberán informar movimientos con nuevas características, como ingresos y/o egresos totales en el período a informar, que pasan de $ 30,000 a $ 120,000 y saldos que, al último día hábil del período mensual informado, sean iguales o superiores -en valores absolutos- a $ 200,000 (antes eran $ 90,000).
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