Continuando con el estricto control que establece el Decreto Nacional de Urgencia dispuesto por el Gobierno Nacional, las fuerzas de seguridad han aprehendido a 43 personas en todo el fin de semana y ya suman 251 en todo el proceso de Aislamiento Social, preventivo y Obligatorio.
Desde que comenzó la cuarentena dispuesta por el Gobierno Nacional, la Unidad Regional XVI y el Escuadrón Vial de Gendarmería han realizado operativos preventivos para que se cumpla estrictamente con lo establecido en el decreto.
Hasta el momento, en lo que va del proceso de aislamiento, se han registrado en todo el Departamento San Justo el total de 251 personas aprehendidas por no acatar las medidas de circulación.
En lo que respecta al último fin de semana, son 43 los aprehendidos, mayores de edad, de ambos sexos y también menores de edad que circulaban sin justificativo válido.
Además de ser aprehendidos, algunas de estas personas circulaban con vehículos; los mismos fueron secuestrados.
Por otra parte, se han realizado un total de 171 intervenciones, es decir notificaciones respectivas (iniciadas por denuncia de terceros o de los mismos notificados) a personas que viajaron desde el exterior y donde dan inicio al protocolo, sometiéndose a un aislamiento de 14 días. Una vez finalizado este periodo, el aislado debe comparecer a la oficina de Informaciones ubicada en la Jefatura de la U.R. XVI, sito en calle 9 de Julio N° 2588, con certificado médico donde consta que no presenta sintomatología en relación al presente virus, para así dar por finalizada la tramitación.
En dichas actuaciones, interviene el Ministerio Público de la Acusación, a cargo del Dr. PERSELLO, quien dispone que a los aprehendidos se les forme causa por el delito mencionado, por lo tanto, si bien recuperan la libertad se los identifica dactiloscópicamente, lo que suma un antecedente en trámite a su legajo prontuarial. En relación a los vehículos secuestrados, los mismos quedan a consideración de dicho magistrado interviniente.
ARTICULO 205. - Será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia.
ARTICULO 239. - Será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal.
Los futbolístas con pasado rojiblanco Mateo Peresutti, Joaquín Pérez (Unión SF), Felipe Zilli y Jeremías Florentín (Talleres) se encontraron para disputar el partido correspondiente a la quinta división de AFA.
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